martes, 17 de abril de 2012

PROYECTO INCONSTITUCIONAL


Por Jaime de Rivero Bramosio

El proyecto de ley para prohibir el ingreso de menores de edad a las corridas de toros no pretende proteger a la niñez como aparenta el dictamen aprobado por seis congresistas de la Comisión de Cultura. El objetivo real es impedir que los padres inculquen a sus hijos esta tradición y así eliminarla progresivamente.

Esto es evidente porque no existe ningún estudio científico que demuestre el presunto daño. No se conoce de niños traumatizados ni internados en reformatorios a causa de esta afición. Tampoco de psicópatas taurinos. Ni siquiera de actos vandálicos luego de las corridas como cotidianamente ocasiona el fútbol y otras actividades. Y nadie ha propuesto prohibir que los niños asistan a los estadios o que vean televisión.

Este proyecto es tan inconsistente que si se le diera crédito, se tendría por persona violenta a Mario Vargas Llosa o a Fernando Belaúnde Terry, pues ambos presenciaron corridas desde niños.

Como la ciencia no ampara falsedades, la única investigación seria practicada a un universo mayor a 1.000 niños en 1999, promovida por la Defensoría del Menor de la Comunidad de Madrid, concluyó que la tauromaquia no genera violencia alguna.

El otro defecto insalvable del proyecto es jurídico. La Constitución consagra la pluriculturalidad del país y protege el derecho humano a la cultura (Artículo 2° incisos 8, 17 y 19), que es el derecho de toda persona a acceder y participar libremente en las manifestaciones de la cultura de su elección

A partir de este derecho humano, el artículo 17° de dicha carta ha otorgado una protección específica a las manifestaciones que forman parte de nuestra diversidad cultural, obligando al Estado a preservarlas. Esta protección abarca a la tauromaquia, pues incluso el Tribunal Constitucional ha ratificado que es una manifestación cultural peruana.

Estos derechos y obligaciones provienen de compromisos asumidos por el Perú en tratados internacionales que protegen la cultura y su diversidad, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo de San Salvador, Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, Convención sobre Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, entre otros.

Prohibir el ingreso de menores de edad o suprimir la muerte, pica o banderillas, provocaría la desaparición progresiva de las corridas de toros. Ambas propuestas violarían el derecho humano a la cultura, la Constitución y los tratados internacionales anotados.